viernes, 21 de septiembre de 2012

nombre identificacion cargo salario valor salario dias trabajados vlr salario horas extras trabajadas valor horas extra  total horas extra ccf icbf sena salud pension salario neto
Diego lopez 89521584285 operario maquina plana minimo 537000 28 501200 5 2796,875 13984,375 20048 15036 10024 20048 20048 429980,375
Luis herrera 56925821598 operario maquina plana minimo 537000 27 483300 2 2796,875 5593,75 19332 14499 9666 19332 19332 406732,75
Julian arevalo 95248569580 ingeniero minimo 537000 20 358000 4 2796,875 11187,5 14320 10740 7160 14320 14320 308327,5
Santiago perez 96122625980 tecnico minimo 537000 10 179000 9 2796,875 25171,875 7160 5370 3580 7160 7160 173741,875
Felipe castellanos 28542548526 gerente minimo 537000 15 268500 7 2796,875 19578,125 10740 8055 5370 10740 10740 242433,125
Carlos 23562518452 administrador minimo 537000 12 214800 10 2796,875 27968,75 8592 6444 4296 8592 8592 206252,75
Miguel 85452525410 adminidtrador minimo 537000 17 304300 6 2796,875 16781,25 12172 9129 6086 12172 12172 269350,25
Leidy 23256584520 barrendero minimo 537000 13 232700 3 2796,875 8390,625 9308 6981 4654 9308 9308 201531,625
Maria 52184595260 enfermero minimo 537000 22 393800 9 2796,875 25171,875 15752 11814 7876 15752 15752 352025,875
Estella 95874525890 ingeniero minimo 537000 25 447500 6 2796,875 16781,25 17900 13425 8950 17900 17900 388206,25
                               
                               



PASOS PARA CREAR UNA NOMINA

1-Establecer todas las percepciones que cobra el trabajador, como por ejemplo:
Salario Base
Complementos Salariales 
Horas Extraordinarias 
Gratificaciones Extraordinarias 
Salario en Especie 
Percepciones no Salariales

2-Calcular las Bases
A) BCC= Salario Base + Complementos Salariales + Horas Extraordinarias 
Horas Extraordinarias= Nº de pagas extras * ( salario base + antiguedad )/12
B) BCP=BCC + Horas Extraordinarias
C)B Horas Extras = Horas Extras 
D) B irpf= Sueldo Bruto * % retencion

Deducciones
El trabajador debe pagar a la SS por:
3.CC=BCC*4,7%
4.Desempleo=BCP*1,55% o 1,60%
5.Formacion Profesional=BCP*0,1%
6. Hora Extras por Fuerza Mayor =HE*2%
7.Resto de Horas Extras= HE*4,7%

1.El trabajador tambien debe pagar a hacienda por:
Retencion=Birpf+%Retencion

LIQUIDO DE LA NOMINA
Es lo que el trabajador percibe despues de restar al sueldo bruto todas las deucciones calculadas 
Liquido=Sueldo Bruto-Deducciones

pasos:
1.-numero de empleadonombresueldo diario
2.-dias trabajados sueldo baseotras persepcionesIMSSISPT
3.-Total de percepcionesTotal de deduccionesSueldo neto
4.-Captura 10 datos para cada uno de los aspectos de arriba
5.-En el numero de empleado asigna un numero del 1 al 10En el nombre asigna una nombre y apellido a cada empleadoEn sueldo diario asigna un sueldo diario a cada uno de los empleadosEn dias trabajados escribe un numero del 4 al 6
6.-En sueldo base es igual a sueldo diario * dias trabajadosEn otras persepciones asignale un dinero extra ganado por otros rubrosIMSS equivale al 5% del sueldo base ISPT Equivale al 10% del sueldo baseTotal de percepciones equivale a la suma de sueldo base y otras persepsionestotal de deducciones es IMSS+ISPT
7.-Sueldo neto es igual al Total de percepciones - el Total de deducciones
8.-Despues de esto asignale un formato numerico a cada uno de los datos segun corresponda


PASOS GENERALES PARA CREAR UNA NOMINA 

1.- CALCULAR EL TOTAL DEVENGADO. Distinguiendo entre los conceptos que
cotizan (percepciones salariales) y percepciones no salariales (los que no cotizan y los que no
tributan, en principio).
2.- CALCULAR LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL,
sumando
a) Base de cotización por contingencias comunes (para enfermedad común,
maternidad y accidente no laboral).
Conceptos cotizables1 + Prorrateo de pagas extraordinarias2
b) Base de cotización por contingencias profesionales (para desempleo, Formación
profesional, AT y EP, FOGASA).
Base de cotización por contingencias comunes + horas extraordinarias
c) Base de cotización adicional por horas extraordinarias: Se diferenciará entre las
horas extraordinarias de fuerza mayor y el resto de horas extras (su cotización es
diferente).
Una vez calculadas habrá que comprobar que la base de cotización por contingencias
comunes está comprendida entre la base mínima y máxima de su grupo de cotización y
que la base de cotización por contingencias profesionales está entre el tope mínimo y
máximo de cotización.
3.- APLICAR LOS PORCENTAJES DE COTIZACIÓN Y HALLAR LOS
DESCUENTOS DEE SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DEL TRABAJADOR
4.- CALCULAR LA BASE PARA EL IRPF:
Total devengado – conceptos exentos de tributación (Kilometraje, Dietas, Indemnizaciones
por despidos, traslados… en las sumas legalmente establecidas).
5.- CALCULAR EL TIPO DE RETENCION Y APLICARLO hallando el descuento por
IRPF.
6.- CALCULAR EL LÍQUIDO A PERCIBIR:
Total devengado – Descuentos de Seguridad Social – Descuentos de IRPF
Si hubiera otros descuentos (anticipos de salarios, percepciones en especie, créditos
concedidos, etc…) también se restarían.
1 Todos los conceptos salariales y algunos no salariales según una serie de límites. Revisar la ficha:
CONCEPTOS NO COMPUTABLES EN LA BASE DE COTIZACIÓN.
2Se calculará diferente según sea un trabajador de retribución mensual o diaria (según cómo se perciba el salario
base).



LIQUIDACION DE LA NOMINA

Mensualmente o quincenalmente según sea el periodo de pago acorado,  la empresa debe proceder a liquidar su respectiva nómina para determinar los diferentes conceptos que adeuda al trabajador y que debe descontarle o deducirle.
A continuación se expone un ejemplo sencillo  de la liquidación  de una nómina. Para hacer el ejercicio más ágil y comprensible, el ejemplo se trabajara con un solo empleado, el cual tenga derecho al Auxilio de transporte, a horas extras y a comisiones.
Supuesto: 
Salario básico
. 700.000
Comisiones. 100.000
Horas extras. 50.000
Auxilio de transporte. 63.600 (2011)
Total devengado 913.600

Liquidación. 
Deducciones de nómina. (Conceptos a cargo del empleado)
Salud (4%). 850.000*0.04 = 34.000
Pensión (4%). 850.000*0.04= 34.000

Nota. Para efectos de la seguridad social no se tiene en cuenta el Auxilio de transporte.
Seguridad social a cargo del empleador. 
Salud (8.5%). 850.000*0.085 = 72.250
Pensión (12%). 850.000*0.12= 102.000
A.R.P. (Según la tabla). 850.000*.00522 = 4.437

Prestaciones sociales. 
Prima de servicios. 913.600*0.0833 = 75.829
Cesantías. 913.600*0.0833 = 75.829
Intereses sobre las cesantías. 75.037*0.12 = 9.099
Vacaciones. 700.000*.0417 = 29.190

Nota:
  1. El artículo 192 del C.S.T contempla que para el cálculo de las vacaciones no se tiene en cuenta el valor de las horas extras.
  2. Para el cálculo de las Prestaciones sociales dentro de la base se debe incluir el Auxilio de transporte, excepto para las vacaciones. Solo se debe tomar el salario básico, puesto que en vacaciones no tendrá ni horas extras, comisiones ni trabajo suplementario.
  3. Según la sentencia de septiembre 16 de 1958, de la Corte suprema de justicia, la base para el cálculo de la prima de servicios debe ser el salario promedio, lo que significa que se deben incluir tanto las comisiones como el trabajo suplementario y las horas extras.
  4. Para el cálculo de las cesantías se debe tomar el salario promedio, lo que supone la inclusión de las comisiones, horas extras y trabajo suplementario.
  5. Para el cálculo de las vacaciones, por costumbre se provisional el 4.17% lo que corresponde exactamente a 15 días de salario, pero se debe tener en cuenta que a la hora de pagar la vacaciones se debe pagar aproximadamente 18 días de salario, toda vez que la norma habla de 15 días hábiles de descanso, lo que por lo general significan 18 días calendario. Recordemos que los domingos y festivos no son días hábiles. El sábado es día hábil solo si en la empresa se labora ese día, de lo contrario tampoco es día hábil.
Aportes parafiscales. 
Cajas
de compensación familiar (4%). 850.000*0.04 = 34.000.
I
.C.B.F. (3%). 850.000*0.03 = 25.500.
Sena
. (2%). 850.000*0.02 = 17.000.
Nota. Para el cálculo de los Aportes parafiscales se toma el valor total de la nómina. Mensual de la empresa, excluyendo el Auxilio de transporte que no es factor salarial.
Neto a pagar al empleado. 
Total devengado 913.600 (-)
Salud 34.000
Pensión 34.000
Neto pagado 845.600



CONCEPTOS Y REQUISITOS
EL ENCABEZADO
En el encabezado de una nómina deben figurar los datos de la empresa y el trabajador.
Empresa
  • Razón social
  • Domicilio de la empresa o centro de trabajo
  • Código de Identificación fiscal
  • Cuenta de cotización
Trabajador
  • Nombre y apellidos
  • Número de identificación fiscal
  • Número de afiliación a la Seguridad Social
  • Categoría o grupo profesional
  • Grupo de cotización a la que pertenece el trabajador
¿Qué es la categoría o grupo profesional?
La categoría profesional es la descripción en la que se encuadran las aptitudes profesionales del trabajador, titulaciones y contenido general de la prestación. Por ejemplo una categoría profesional es “Auxiliar Administrativo”, “Jefes Administrativos y de Taller”, etc. Dependiendo de la categoría profesional, al trabajador le corresponderá un grupo de cotización.
¿Qué es el grupo de cotización?
En la página web de la Seguridad Social (http://www.seg-social.es) dentro de la sección de TRABAJADORES, se publican cada año para las categorías y grupos de cotización las bases mínimas.
Podemos interpretar la tabla con el siguiente ejemplo: si en nuestra nómina tenemos como categoría profesional auxiliar administrativo“, nos corresponde el grupo de cotización7” y nuestra base de cotización por contingencias comunes (que veremos más adelante) en la nómina tiene que estar entre las bases mínimas y máximas establecidas.
Tipos de cotización
(Fuente: Página web de la Seguridad Social)

LOS DEVENGOS (EL SALARIO)
Se entiende por devengo todas las percepciones que percibe el trabajador formado por:
PERCEPCIONES SALARIALES
Retribuciones percibidas por el desarrollo de la actividad.
  • El salario base (cuantía establecida para todas las categorías profesionales en los Convenios Colectivos)
  • Complementos salariales (plus convenio, antigüedad, incentivos, plus transporte…)
  • Pagas extras (prorrateadas o dos veces al año)
  • Salario en especie (coche de empresa, vivienda…)
PERCEPCIONES NO SALARIALES
Son aquellas retribuciones percibidas no por el desarrollo de su actividad sino como compensación de gastos para cubrir situaciones de inactividad, como: las indemnizaciones por despido, percepciones por incapacidad, etc.
La información sobre lo retribución, salarios y complementos la podemos buscar en el Convenio Colectivo de nuestro sector.
DEDUCCIONES
Las deducciones son las cantidades que se restan al importe total de devengo para obtener el líquido a percibir por el trabajador: deducción por cotización a la Seguridad Social y el IRPF.
COTIZACIÓN A LA SEGUIDAD SOCIAL
  • Por contingencias comunes
  • Por desempleo
  • Formación profesional
  • Por horas extras
Los porcentajes que se tienen que descontar en la nómina por estos conceptos lo podemos encontrar en la página web de la Seguridad Social (http://www.seg-social.es), en el mismo lugar que el cuadro anterior.
Bases y tipos de cotización
(Fuente: Página web de la Seguridad Social)
Los tipos que aparecerán en la nómina son los relativos a la columna del TRABAJADOR. Los otros tipos los aplicará la empresa en el TC1 y TC2 que tiene que presentar cada mes a la Seguridad Social.
DESCUENTO POR IRPF
Este descuento lo calcula la empresa en función de los devengos a percibir por el trabajador y su situación familiar. Se trata del importe de retenciones que nos quitaremos en la declaración de la renta que realizaremos cuando corresponda. En la página web la AEAT (http://www.aeat.es), en el apartado de DESCARGAS DE PROGRAMAS DE AYUDA, dentro de Renta, anualmente la Agencia Tributaria cuelga un programa que nos permite calcular el tipo de retención a aplicar. (El programa lo calcula en función del bruto que se vaya a percibir en el año teniendo en cuenta las deducciones por Seguridad Social y situación familiar).
LÍQUIDO A PERCIBIR
Al final de la nómina se nos informa de la Bases de Cotización e IRPF sobre la que se han aplicado los porcentajes y el líquido a percibir.